DLS - Funciones

HORARIO DE ATENCIÓN
Lunes a Jueves 8:00 a 13:00 horas   - 14:00 a 17:30 horas.
Viernes - 7:30 a 13:30 horas.


Nivel Profesional 
Coordinadora de Salud Pública - Enf. Dayra Rivera Meneses Rivera
242  - Profesional Especializado Área Salud

Agrupa los empleos cuya naturaleza demanda la ejecución y aplicación de los conocimientos, funciones de coordinación, supervisión y control de áreas internas encargadas de ejecutar los planes, programas y proyectos institucionales.

Nivel Técnico
Coordinadora de Aseguramiento - Ps Lina Mary Luz Tobar 
Funciones exigen el desarrollo de procesos y procedimientos en labores técnicas misionales y de apoyo, así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología

Nivel  Asistencial
Secretaria - Ruby Ruano
440 Secretario

Funciones que implican el ejercicio de actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución.

Nivel Directivo
Ps. Guido Enrique Ceballos Huertas
080 Director Local de Salud

Funciones de Dirección General, de formulación de políticas institucionales y de adopción de planes, programas y proyectos.

Decreto 785 de 2005,  Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la Ley 909 de 2004.
Corresponde al instrumento que deben usar los municipios para revisar la concordancia entre los Planes Municipales de Salud  y los Planes de las EPS contributivo y subsidiado. este instrumento debe ser diligenciado y remitido a la Secretaría Departamental dentro de los plazos establecidos por Minprotección Social.



Dirección Local de Salud
 
Funciones de la Dirección Local de Salud
  • Formular, ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos en salud, en armonía con las políticas y disposiciones del orden nacional y departamental.
  • Dirigir, planificar, coordinar y ejecutar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del municipio, mediante acciones en salud pública, prestación de servicios de salud y dirección del Sistema General de seguridad social en salud.
  • Vigilar y controlar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas, científicas y administrativas que expida el Ministerio de la Protección Social, para garantizar el logro de las metas del sector salud y del Sistema General de seguridad social en salud, sin perjuicio de las funciones de inspección, vigilancia y control atribuidas a las demás autoridades competentes.
  • Promocionar la calidad de vida y la salud como componente del bienestar, la seguridad y desarrollo integral de la población del municipio, a través de la operativización, evaluación, vigilancia y control del Sistema General de seguridad social en salud y de los factores que inciden sobre la salud publica de acuerdo con las competencias.
  • Gestionar el recaudo y ejecución de los recursos con destinación específica para salud del municipio y administrar los recursos del fondo local de salud.
  • Impulsar mecanismos para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud.
  • Promover en su jurisdicción la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas con capacidad de pago
  • Formular y ejecutar el plan de atención básica y coordinar con los sectores y la comunidad las acciones que en salud publica se realicen para mejorar las condiciones de calidad de vida y salud de la población.
  • Coordinar, supervisar y controlar las acciones de salud publica que realicen en su jurisdicción las entidades promotoras de salud-EPS, las administradoras del régimen subsidiado-ARS, las entidades transformadas y adaptadas y aquellas que hacen parte de los regímenes especiales, así como las instituciones prestadoras de salud-EPS e instituciones relacionadas.
  • Promover la coordinación de políticas con otros sectores, en particular habitad, educación, planeación y medio ambiente, para incidir de manera integral en los determinantes de la salud y en la atención de la enfermedad.
  • Implementar programas de prevención del consumo del alcohol, el tabaco y otras drogas y de rehabilitación y desintoxicación.  
Subdirección de Aseguramiento y Control de la Salud
  • Son funciones de la subdirección de aseguramiento y control de la salud, las siguientes:
  • Promover el aseguramiento de toda la población con énfasis en la población más pobre y vulnerable, al Sistema General de seguridad social en salud de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico.
  • Definir, vigilar y controlar la oferta de servicios de salud del municipio, con el fin de garantizar su calidad y funcionamiento según las necesidades de la población.
  • Promover el aseguramiento de las poblaciones especiales, conforme lo defina la ley y las acciones en salud publica establecidas en el ordenamiento jurídico.
  • Seleccionar a los beneficiarios del régimen subsidiado, con fundamento en la caracterización socioeconómica individual y familiar de la población.
  • Mantener actualizadas las bases de datos de la población afiliada al régimen subsidiado y reportar dichas novedades a la Dirección Administrativa de Planeación y demás envides competentes.
  • Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud para la población de su jurisdicción.
  • Definir las especificaciones y necesidades para celebrar contratos de aseguramiento en el régimen subsidiado y de la población pobre y vulnerable; y realizar el seguimiento y control de dicha contratación