Participación Social
Población en situación de desplazamiento
Programa para la protección diferencial delos NNA frente al desplazamiento forzado
Monitoreo evaluación y gestión
Plan Operativo - Programa para la protección diferencial delos NNA frente al desplazamiento forzado
Envejecimiento y vejez
Asuntos étnicos
LEY 21 DE 1991 - "Por medio de lacual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales enpaíses independientes, adoptado por la 76a. reunión de la Conferencia Generalde la O.I.T., Ginebra 1989"
Política Publica de discapacidad
Discapacidad
disCAPACIDAD
"La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción
entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud
y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad,
en igualdad de condiciones con las demás".
Convención de la ONU, 2006
El
Ministerio de la Protección Social en el marco de la Modernización del
Registro para la Localización y Caracterización de Personas con
Discapacidad y con el propósito de agilizar y facilitar la actualización
del mismo de forma correcta y oportuna de sus datos, pone a su
disposición el presente sistema de captura a través de la Web, con el
cual podrá diligenciar y verificar en línea la consistencia de su
información.
Registro para la localización y caracterización de las personas con discapacidad
Adicionalmente,
permite obtener información precisa, continua y actualizada de las
personas con discapacidad, localizarlas y caracterizarlas desde las
Unidades Generadoras de Datos (UGD), Controlada y monitoreada desde el
nivel municipal y departamental y consolidado a nivel nacional.
REGISTRO Y CARACTERIZACIÓN
Alcaldia Municipal de Potosí y la Dirección Local de Salud hacen la
Invitación a la caracterización de personas con discapacidad para
actualización de datos.
La Dirección Local de Salud del Municipio de Potosí hace el llamado al grupo de personas con discapacidad a actualizar y registrar sus datos en la oficinas de la Dirección Local de Salud ubicadas en la Alcaldía Municipal de Potosí, el horario de atención será de Lunes a jueves 8:00 am a 1:00 pm o 2:00 p:m a 5:00 p:m, Viernes 7:30 am a 1:30 pm.
Para el registro de personas con discapacidad se debe asistir con el documento de identificación, este registro lo puede hacer la propia persona con discapacidad, o un familiar de la misma.
La Dirección Local de Salud del Municipio de Potosí hace el llamado al grupo de personas con discapacidad a actualizar y registrar sus datos en la oficinas de la Dirección Local de Salud ubicadas en la Alcaldía Municipal de Potosí, el horario de atención será de Lunes a jueves 8:00 am a 1:00 pm o 2:00 p:m a 5:00 p:m, Viernes 7:30 am a 1:30 pm.
Para el registro de personas con discapacidad se debe asistir con el documento de identificación, este registro lo puede hacer la propia persona con discapacidad, o un familiar de la misma.
¿Cuándo una persona
adulta mayor es considerada una persona con discapacidad? Todos estamos en
situación de discapacidad, ejemplo una mujer en embarazo que solicita que se le
colabore para realizar ciertas actividades, todos somos personas con
discapacidad.
DISCAPACIDADES DEL
ADULTO MAYOR
TIPO
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RELACION
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REQUISITOS
ACCESO A ELEMENTOS
O PROCEDIMIENTOS
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POS
CUBRE CARNÉ
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NO POS
NO CUBRE CARNÉ
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Discapacidad sensorial visual
Adulto
que tiene pérdida visual definitiva y que a pesar de utilizar elementos como
gafas, haberle realizado cirugías y demás procedimientos no puede ver.
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Pérdida
visual cataratas, glaucoma, astigmatismo
entre otros.
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Revisión
por el médico general, quien evaluará la necesidad de remitirlo al
especialista.
|
Gafas,
Operación
de cataratas
Otros
procedimientos según Acuerdo 08 de la CRES.
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Bastón
de orientación (Ceguera severa)
Se
solicita a Atención al usuario del IDSN previo examen del especialista.
|
TIPO
|
RELACION
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REQUISITOS
ACCESO A ELEMENTOS
O PROCEDIMIENTOS
|
POS
CUBRE CARNÉ
|
NO POS
NO CUBRE CARNÉ
|
Discapacidad sensorial visual
Si
a pesar de utilizar audífono no escucha, el adulto mayor tendrá discapacidad
sensorial de tipo auditiva.
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Sordera
congénita, presbiacusia, síndrome de
ushler, hipoacusia (leve, moderada, severa y profunda), en el adulto mayor se
presenta comúnmente la hipoacusia leve y moderada.
|
Revisión
por el médico general, quien evaluará la necesidad de remitirlo al
especialista.
|
Audífono
para mayores de 60 años. (01 de noviembre del 2011), hay que tener en cuenta
que este audífono en muchas ocasiones es difícil de tolerar en el adulto
mayor, porque da mareo, vómito, dolor de cabeza, y se genera un gasto semanal
de aproximadamente cinco mil pesos por cambio de pilas.
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No
Aplica
|
TIPO
|
RELACION
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REQUISITOS
ACCESO A ELEMENTOS
O PROCEDIMIENTOS
|
POS
CUBRE CARNÉ
|
NO POS
NO CUBRE CARNÉ
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Discapacidad física
La
discapacidad física se puede definir como una desventaja, resultante de una
imposibilidad que limita o impide el desempeño motor de la persona afectada.
Esto significa que las partes afectadas son los brazos y/o las piernas.
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Poliomielitis,
paraplejia, lesión medular, cuadraplejía, amputaciones, operaciones de
cadera.
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Revisión
por el médico general, quien evaluará la necesidad de remitirlo al
especialista.
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Bastón
canadiense,
Caminador
y Muletas
|
No
aplica
|
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Las
silla de ruedas, son una excepción del POS ni son POS ni No POS, nadie las
cubre, para el año 2012 no se puede satisfacer las demandas por parte del IDSN,
por lo que sugiere el fortalecimiento del Banco de Ayudas técnicas, creando la
cultura en las personas que han tenido el beneficio de la ayuda técnica que
cuando ya no necesiten la silla de rueda o el usuario haya fallecido sea
devuelta a la Dirección Local de Salud donde con ayuda de la personería se hará
un acta de baja de la ayuda técnica y poderla reasignar.
En
relación a la capacidad cognitiva al doctora Sandra Belalcazar - Discapacidad IDSN, menciona que es
poco frecuente sin embargo si se presenta se seguirá el mismo procedimiento de Revisión
por el médico general, quien evaluará la necesidad de remitirlo al especialista.
Existe
una categoría denominada Múltiples: A
los adultos mayores que no están incluidos en los programas como del Adulto
Mayor, ellos requieren generalmente ayudas de tipo No POS colchoneta
antiescaras, silla sanitaria, sin embargo con esta población se debe capacitar
a los familiares para que ellos puedan hacer el cuidado adecuado.
De
esta manera se define los elementos a tener en cuenta para determinar si
una persona es o no discapacitada y poder según los distintos procedimientos
colaborar en su bienestar.
·
DESPLAZADOS
LEY 1448 DE 2011 Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.
Preguntas frecuentes sobre la ley de víctimas y restitución de tierras
Código Civil Colombiano - Grado de consanguinidad
Cómo determinar el grado de consanguinidad
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Derecho Internacional Humanitario - DIH Es un conjunto de normas de carácter internacional, específicamente destinadas a ser aplicadas en los conflictos armados internacionales y en los de carácter interno, cuya finalidad es por una parte, proteger a las personas que no participan, o han dejado de participar en las hostilidades y, por otra parte, limitar los métodos y medios utilizados en la guerra. (Ver enlace de preguntas y respuestas). En este enlace usted puede encontrar
ARTÍCULO 52. MEDIDAS EN MATERIA DE SALUD. El Sistema General de Seguridad Social en Salud garantizará la cobertura de la asistencia en salud a las víctimas de la presente ley, de acuerdo con las competencias y responsabilidades de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Toda persona que sea incluida en el Registro Único de Víctimas de que trata la presente Ley, accederá por ese hecho a la afiliación contemplada en el artículo 32.2 de la Ley 1438 de 2011, y se considerará elegible para el subsidio en salud, salvo en los casos en que se demuestre capacidad de pago de la víctima.